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ADM 11794/22“PROTOCOLO DE ACUERDOS SC 2022”ACUERDO Nº 17-STJSL-SC-2022 - En la Provincia de San Luis, a 24 días del mes de febrero de DOS MIL VEINTIDOS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. ANDREA CAROLINA MONTE RISO, CECILIA CHADA, JORGE OMAR FERNÁNDEZ y JORGE ALBERTO LEVINGSTON;DIJERON: Visto el expediente REQ 5282/22 iniciado por la Dirección de Recursos Humanos para la contratación del servicio médico para la “CONFORMACIÓN DE JUNTAS MEDICAS CLINICAS” al personal judicial de las tres Circunscripciones.Que se han agregado informes de la Dirección de Recursos Humanos y Secretaría Contable.Que se dispone de la partida presupuestaria correspondiente.Teniendo en cuenta las facultades otorgadas por el Artículo 1º de la Ley de Autonomía Económica, Financiera y Funcional del Poder Judicial Nº IV-0088-2004 (5523*R), Artículo Nº 214 inc. 8) de la Constitución Provincial, y lo dispuesto en el artículo 100 inciso f) de la Ley de Contabilidad, Administración y Control Público de la Provincia de San Luis, y el punto III) inciso d) del Acuerdo 76/2021;Por ello: ACORDARON: I) AUTORIZAR la contratación de la médica Stella Maris Torres Brizuela, CUIT 27225630505, en los términos del artículo 100 inciso f) de la Ley de Contabilidad, Administración y Control Público de la Provincia de San Luis, para la prestación del servicio de conformación de juntas médicas para el personal del Poder Judicial, por el término de un año a partir del 01 de marzo de 2022.II) APROBAR el modelo de contrato que como Anexo forma parte del presente, el que será suscripto por la Sra. Presidente del Superior Tribunal de Justicia.III) AUTORIZAR a la Secretaría Contable a emitir la Orden de Provisión correspondiente, imputando la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 185.760,00) en Servicios No Personales, Partida Principal: Servicios técnicos profesionales, Partida Parcial: Médicos y sanitarios, del Programa Administración de Justicia de la Primera Circunscripción Judicial; la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA ($ 46.440,00) en Servicios No Personales, Partida Principal: Servicios técnicos profesionales, Partida Parcial: Médicos y sanitarios, del Programa Administración de Justicia de la Tercera Circunscripción Judicial; la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS ($ 37.152,00) en Ejercicios Futuros, Servicios No Personales, Partida Principal: Servicios técnicos profesionales, Partida Parcial: Médicos y sanitarios, del Programa Administración de Justicia de la Primera Circunscripción Judicial; la suma de PESOS NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($ 9.288,00) en Ejercicios Futuros, Servicios No Personales, Partida Principal: Servicios técnicos profesionales, Partida Parcial: Médicos y sanitarios, del Programa Administración de Justicia de la Tercera Circunscripción Judicial; y a efectuar los ajustes que pudieran corresponder en función de la efectiva prestación del servicio.Con lo que se dio por terminado el acto disponiendo los Sres. Ministros la continuidad del trámite, comunicaciones y publicaciones correspondientes por Secretaría Contable. SECRETARIA CONTABLEANEXOCONTRATO POR SERVICIO DE CONFORMACION DE JUNTAS MEDICASEntre el PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, en adelante EL LOCADOR, representado en este acto por la Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Presidente del Superior Tribunal de Justicia, por una parte, y la Dra. Stella Maris Torres Brizuela, DNI 22.563.050, MP 752, por la otra, en adelante EL LOCATARIO, se conviene en celebrar el presente convenio de prestación de servicios para la conformación de Juntas Medicas, que surgieran en virtud de las solicitudes de la Dirección de Recursos Humanos, conforme las siguientes cláusulas:PRIMERA: EL LOCATARIO se obliga a conformar las Juntas Medicas que surgieran por razones de salud y que sean solicitadas por la Dirección de Recursos Humanos, para empleados de la Primera y Tercera Circunscripción Judicial.Asimismo la profesional efectuará controles de ausentismo a domicilio al personal de la Primera Circunscripción a exclusivo requerimiento de la Dirección de Recursos Humanos ante la imposibilidad de prestación del servicio por parte del profesional contratado a este efecto, Dr. Rodrigo Sánchez.SEGUNDA: La prestación del servicio se realizará en los días y horarios a convenir, según las siguientes pautas:a)EL LOCADOR entregara los días determinados, los expedientes de novedades de los agentes que fueran citados a comparecer ante la Junta Medica.b)EL LOCATARIO procederá a evaluar a los empleados para luego unificar criterios con los demás profesionales que conformen la Junta y elaborar en el mismo momento el dictamen, el cual deberá incluir los fundamentos de la decisión de justificación o no de días, recomendaciones médicas en general y toda otra información relacionada. Dicho escrito deberá ser impreso y firmado por losprofesionales y por el empleado. Luego será entregado a la Dirección de Recursos Humanos en un plazo máximo de 24 hs, junto con el expediente de novedades.c)Queda expresamente prohibido para el LOCATARIO, la atención medica del empleado, en calidad de paciente, debiendo limitarse al diagnóstico y comprobación de la imposibilidad de asistir al trabajo.d)Eventualmente, el LOCATARIO recibirá de la Dirección de Recursos Humanos los pedidos para la realización de controles en domicilio, lo que lo obligará a concurrir a la casa del agente durante el día en que se registre la falta. El resultado de la visita deberá ser informado a la Dirección de Recursos Humanos vía mail en un plazo máximo de 24 hs.e)El traslado y gastos de movilidad corren por exclusiva cuenta del LOCATARIO.TERCERA: EL LOCADOR abonará al LOCATARIO mensualmente, por los servicios acordados, PESOS DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA ($ 2580,00) por cada Junta Médica conformada.Eventualmente, por cada control a domicilio abonará: ·Radio urbano: PESOS UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 1.850,00)·Juana Koslay y La Punta: PESOS UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO ($ 1.985,00)·Potrero de los Funes y El Volcán: PESOS DOS MIL TRESCIENTOS ($ 2.300,00)·Otras Localidades más distantes: PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500,00)Los presentes importes serán modificados de acuerdo a la siguiente escala:A partir de Julio 2022: más quince por ciento (15 %)A partir de Noviembre 2022: más quince por ciento (15 %)Los pagos se efectuarán a mes vencido y previa presentación de la facturación acompañada por el listado de las prestaciones efectuadas, la que deberá contar con la conformidad de la Dirección de Recursos Humanos.CUARTA: EL presente contrato rige a partir del día 01 de MARZO de 2022 y tendrá una duración de doce (12) meses, con posibilidad de renovación automática por otro periodo igual. Ambas partes se reservan el derecho de rescindir el contrato sin invocación de causa, con una anticipación de treinta (30) días, notificando a la otra de manera fehaciente, sin obligación alguna de pago de resarcimientos y/ o indemnizaciones.QUINTA: EL LOCADOR constituye domicilio legal en calle 9 de Julio Nº 934 de la ciudad de San Luis, Provincia del mismo nombre y el LOCATARIO en la Pasaje Miguel Roca N° 802 de la Localidad de Juana Koslay, Provincia de San Luis.SEXTA: A los efectos legales que pudieran suscitarse en este contrato, las partes aceptan la Jurisdicción Ordinaria Competente del Poder Judicial de la Provincia de San Luis, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción al que se crea con derecho a recurrir.En prueba de conformidad, previa lectura y rectificación, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en San Luis a los días del mes de febrero de 2022.-
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