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ADM 11794/22“PROTOCOLO DE ACUERDOS SC 2022”ACUERDO Nº 188-STJSL-SC-2022 - En la Provincia de San Luis, a VEINTIDOS días del mes de NOVIEMBRE de DOS MIL VEINTIDOS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. ANDREA CAROLINA MONTE RISO, CECILIA CHADA, JORGE OMAR FERNÁNDEZ y JORGE ALBERTO LEVINGSTON;DIJERON: Visto el expediente REQ 6583/22 gestionado por la Secretaría Contable para el “ALQUILER DE FOTOCOPIADORAS”, con destino a Dependencias de la Primera Circunscripción Judicial, por el término de un (1) año, en virtud del cual se autorizó - por Acuerdo N° 165-STJSL-SC-2022 – el llamado a Licitación Privada N° 24/2022, cuya apertura de ofertas tuvo lugar el día 03 de noviembre de 2022.Que, tal cual se observa en el Acta de Apertura, solo se recepcionó la oferta de la empresa COPYAR de DAVID JORGE FRAGANTE. Que se dio vista a la Secretaría de Informática Judicial para la correspondiente evaluación técnica de la mencionada cotización, obrando dicho informe en actuación 20719534/22.Que en actuación 20781730/22, se ha agregado Informe del Área de Compras y Contrataciones con la cuantificación de la oferta recibida.Teniendo en cuenta las facultades otorgadas por el Artículo 1º de la Ley de Autonomía Económica, Financiera y Funcional del Poder Judicial Nº IV-0088-2004 (5523*R), Artículo Nº 214 inciso 8) de la Constitución Provincial, lo dispuesto en el artículo 97 inciso b) de la Ley de Contabilidad, Administración y Control Público de la Provincia de San Luis y en el punto III) inciso d) del Acuerdo 19-STJSL-SC-2022;Por ello:ACORDARON: I) APROBAR la Licitación Privada Nº 24/2022, realizada por la Secretaría Contable para el “ALQUILER DE FOTOCOPIADORAS”, condestino a Dependencias de la Primera Circunscripción Judicial, por el término de un (1) año.II) ADJUDICAR la Licitación Privada N° 24/2022 “ALQUILER DE FOTOCOPIADORAS”, a la Empresa COPYAR de DAVID JORGE FRAGANTE, CUIT 20-20233027-5, por ser la única Oferta recibida y cumplir con lo solicitado, por un total de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO NUEVE CON 44/100 ($ 666.109,44), por el término de UN (1) año, a pagar de manera mensual en DOCE (12) cuotas consecutivas de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NUEVE CON 12/100 ($ 55.509,12), más un costo adicional por copia realizada de PESOS CINCO CON 98/100 ($ 5,98), a partir del 01 de diciembre de 2022.III) AUTORIZAR a la Secretaría Contable a emitir la Orden de Provisión correspondiente, imputando la suma de PESOS SETENTA Y SEIS MIL ($ 76.000,00) en Servicios no Personales, Partida Principal Alquileres y Derechos, Partida Parcial Alquiler de Fotocopiadoras, de la Actividad Central Coordinación de Políticas Generales del Poder Judicial; la suma de PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS ($ 17.500,00) en Servicios no Personales, Partida Principal Alquileres y Derechos, Partida Parcial Alquiler de Fotocopiadoras, del Programa Administración de Justicia de la Primera Circunscripción Judicial; la suma de PESOS SIETE MIL ($ 7.000,00) en Servicios no Personales, Partida Principal Alquileres y Derechos, Partida Parcial Alquiler de Fotocopiadoras, del Programa Capacitación e Investigación; la suma de PESOS DIEZ MIL QUINIENTOS ($ 10.500,00) en Servicios no Personales, Partida Principal Alquileres y Derechos, Partida Parcial Alquiler de Fotocopiadoras, del Programa Normatización de la Actividad Electoral; la suma de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL ($ 832.000,00) en Ejercicios Futuros, Servicios no Personales, Partida Principal Alquileres y Derechos, Partida Parcial Alquiler de Fotocopiadoras, de la Actividad Central Coordinación de Políticas Generales del Poder Judicial; la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 192.500,00) en Ejercicios Futuros, Servicios no Personales, Partida Principal Alquileres y Derechos, Partida Parcial Alquiler de Fotocopiadoras, del Programa Administración de Justicia de la Primera Circunscripción Judicial; la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($75.000,00) en Ejercicios Futuros, Servicios no Personales, Partida Principal Alquileres y Derechos, Partida Parcial Alquiler de Fotocopiadoras, del programa Capacitación e Investigación; y la suma de PESOS CIENTO CATORCE MIL ($ 114.000,00) en Ejercicios Futuros, Servicios no Personales, Partida Principal Alquileres y Derechos, Partida Parcial Alquiler de Fotocopiadoras, del Programa Normatización de la Actividad Electoral; y a efectuar los ajustes que pudieran corresponder en función del efectivo consumo de fotocopias.IV) APROBAR el modelo de contrato que como anexo forma parte del presente, el que será suscripto por la Sra. Presidente del Superior Tribunal de Justicia.Con lo que se dio por terminado el acto disponiendo los Sres. Ministros la continuidad del trámite, comunicaciones y publicaciones correspondientes por Secretaría Contable. SECRETARIA CONTABLECONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOSEn la Ciudad de San Luis, Capital de la Provincia del mismo nombre, a días del mes de noviembre de 2022, entre el SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, con domicilio en calle 9 de Julio 934 de la ciudad y Provincia de San Luis, representado en este acto por su Presidente Dra. ANDREA CAROLINA MONTE RISO, en adelante "EL LOCATARIO", por una parte, y por la otra la empresa Copyar de David Jorge Fragante, CUIT 20-20233027-5, con domicilio en Presidente Perón 1003 de la Ciudad de San Luis, en adelante EL LOCADOR, se conviene en celebrar el presente CONTRATO DE LOCACION sujeto a las siguientes cláusulas:PRIMERA: El LOCADOR entrega y da en locación y EL LOCATARIO recibe en ese carácter, siete (7) equipos fotocopiadores -cuatro (4) equipos Panasonic KX MB3010, dos (2) equipos Panasonic KX MB3030 DF y un (1) equipo Konica Minolta DI7210 A3-, los que se ubicarán en Despacho Ministro del Superior Tribunal (1 equipo), Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Nº 2 (1 equipo), Oficina de Biblioteca, Jurisprudencia y Registro de Juicios Universales (2 equipos), Colegio de Jueces en lo Penal (1 equipo), Escuela de Especialización y Capacitación “Dr. Juan Crisóstomo Lafinur” (1 equipo), y Secretaría Electoral (1 equipo).El Superior Tribunal podrá disponer el cambio de ubicación de los equipos detallados precedentemente.Los equipos podrán ser asignados o trasladados a otras dependencias a solicitud del Superior Tribunal.SEGUNDA: El término de duración del contrato será de 1 (un) año a partir del día 01 de diciembre de 2022. TERCERA: El precio de la locación se abonará de la siguiente manera: a) alquiler mensual de pesos seis mil ciento noventa y nueve con 65/100 ($ 6.199,65) por cada uno de los cuatro equipos Panasonic KX MB3010; b) alquiler mensual de pesos doce mil trescientos noventa y nueve con 30/100 ($ 12.399,30) por el equipo Konica Minolta DI7210 A3; c) alquiler mensual depesos nueve mil ciento cincuenta y cinco con 61/100 ($ 9.155,61) por cada uno de los dos equipos Panasonic KX MB3030 DF; y d) pesos cinco con 98/100 ($ 5,98) por cada copia realizada. El precio incluye el impuesto al valor agregado IVA.CUARTA: El precio de la locación incluye la provisión de:·Papel·Toner, revelador, cilindro fotoconductor·Repuestos·Servicio Técnico en el lugar de instalación de los equipos, y todo otro elemento que haga al funcionamiento de las máquinas instaladasSe establece que el servicio de repuestos y mantenimiento de los equipos como así las visitas periódicas preventivas y eventuales al efecto de asegurar el correcto y normal funcionamiento del equipo por parte del LOCADOR, serán sin cargo para el LOCATARIO. En caso de fallas graves el equipo será inmediatamente sustituido por otro igual o de iguales características, y en caso de no encontrarse en existencia el mismo, por otro de similar prestación.QUINTA: Las facturas serán enviadas al mail mecontablesl@justiciasanluis.gov.ar de Secretaría Contable, con remito de detalle de la cantidad de fotocopias realizadas durante el período, debidamente suscripto por personal responsable de la dependencia usuaria. A tal fin el LOCADOR elaborará una orden de servicio al comienzo y al final de cada mes donde conste la cantidad de copias que indiquen los contadores de los equipos. SEXTA: El pago se efectivizará dentro de los 15 (quince) días hábiles desde la fecha de presentación de la factura.SEPTIMA: Este contrato no podrá cederse ni transferirse en todo ni parte por ninguno de los contratantes. El LOCADOR no será responsable de los daños o pérdidas que directa o indirectamente fueran ocasionados por el uso indebido de los equipos.OCTAVA: El locatario no abonará las copias inutilizadas o ilegibles que se produzcan durante el mes.NOVENA: Ambas partes se reservan el derecho de rescindir el presente contrato, para lo cual deberán comunicar fehacientemente a la otra parte con 30 días de anticipación, sin que la otra parte tenga derecho a reclamar indemnización alguna.DECIMA: El sellado que demande el contrato será soportado por EL LOCADOR en la mitad que corresponde, ya que el Poder Judicial está exento en virtud del Código Tributario.DECIMA PRIMERA: En el supuesto de controversias judiciales que se planteen con motivo de la interpretación y/o ejecución de este Contrato, las partes aceptan la Jurisdicción Ordinaria competente del Poder Judicial de la Provincia de San Luis, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder. A tal efecto constituyen domicilio a fin del cursado de cualquier notificación judicial o extrajudicial en los arriba denunciados.En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, a los días del mes de noviembre de 202.-
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