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Poder JudicialSan LuisEXP 313156/17"ESCUDERO JUAN CARLOS C/ BARROSO DE QUIROGA FIDELINA S/ POSESIÓN"Villa Mercedes, San Luis, veintisiete de septiembre de dos mil veintidós.Por recibido OFR 313156/1, acumúlese a los presentes autos, téngase presente y hágase conocer. Proveyendo escritos electrónicos firmados digitalmente por el/la abogado/a Pozo Hugo ingresado en fecha 15/09/2022 a horas 09:51: Atento lo peticionado, constancias obrantes, téngase por iniciada formal demanda ordinaria de POSESION VEINTEAÑAL en contra de la Sra. BARROSO DE QUIROGA FIDELINA Y/O SUS HEREDEROS y de TODO AQUEL QUE PRETENDA DERECHOS sobre inmueble urbano de esta ciudad, inscripta en el Registro de la Propiedad al Tomo 20 de Pedernera, Folio 217 N° 2875, padrón 78151, comprendida dentro de la Mza. 1304, Parcela N° 13, receptoría Mercedes, conforme surge del plano de fraccionamiento y mensura aprobado provisoriamente por la Dirección de Geodesia y Catastro bajo el N° 3/349/16, de fecha: 06/12/2016. Imprímase a la misma el trámite del juicio ordinario, (art.330 C.P.C.y C.). Córrase traslado de la acción por el término de QUINCE días, a fin de que comparezcan a estar a derecho, la contesten, opongan excepciones y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de ley. Notifíquese, de conformidad a lo normado por Art. 27 inc. c) del RGEE.A sus efectos, PUBLIQUENSE EDICTOS POR EL TÉRMINO DE DOS (2) DIAS en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis y en un diario de mayor circulación en la ciudad, según lo dispuesto por los arts. 145, 146, 147 y 911 y 915 del C.P.C.yC bajo apercibimiento de que en caso de incomparencia de los citados se designará al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente (art.917 C.P.C.yC). Atento las facultades ordenatorias conferidas a la proveyente por el art. 36 La presente actuación se encuentra firmada digitalmente en el sistema informático (Iurix) por el Dr. Geremias Ferez - Juez, Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 V.MPoder JudicialSan Luisy lo normado por el art. 916 del C.P.C.yC., y a los fines de otorgar mayor publicidad, para facilitar el conocimiento de las acciones de posesión y garantizar el derecho de defensa de quien tenga interés en el pleito: DISPONGO : ordenar la colocación, con actuación del Sr. Oficial de Justicia en turno, de un cartel indicativo con letra legible y en negro, con las referencias necesarias acerca de la existencia del juicio, en el lugar del inmueble, visible desde el principal camino de acceso y su mantenimiento a cargo del actor durante toda la tramitación del juicio, circunstancia que deberá constatarse en forma mensual, oficiándose en la oportunidad respectiva. La acreditación del cumplimiento de la medida aquí ordenada deberá efectivizarse con anterioridad a la publicación de los edictos ordenada supra. Líbrese mandamiento a sus efectos.El cartel indicado deberá medir aproximadamente en su longitud 1 mts. por 1 mts. de ancho, conteniendo la siguiente leyenda “Inmueble sujeto a posesión veinteañal, número de expediente, año y carátula completa, Juzgado interviniente, circunscripción y Juez a cargo”.Conforme lo normado por el art. 914 del C.P.C.yC. cítese, a fines de que tomen conocimiento del trámite de la presente causa y en su caso tomen la participación correspondiente a la Provincia, Municipalidad de Villa Mercedes y los colindantes del inmueble objeto de la presente acción (denunciados en fecha 07/03/2018). Notifíquese por prosecretaria.Asimismo, en el marco de lo normado por el art. 1905 del Código Civil y Comercial (Ley 26.994), líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a fin de que proceda a la anotación de litis del bien objeto de la acción, cuyos datos de inscripción se describen ut supra.-ELa presente actuación se encuentra firmada digitalmente en el sistema informático (Iurix) por el Dr. Geremias Ferez - Juez, Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 V.M
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