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ADM 13566/23“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2023” ACUERDO N° 305-STJSL-SA-2023.- En la Provincia de San Luis, a DIECIOCHO días del mes de DICIEMBRE de DOS MIL VEINTITRÉS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, ANDREA CAROLINA MONTE RISO, CECILIA CHADA, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE y JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER.- DIJERON: Visto que la Ley Nº IV-0086-2021 “Ley Orgánica de Administración de Justicia de la Provincia de San Luis” establece en su art. 9º que: “Son derechos generales del personal del Poder Judicial” (…) inc. 2) “Acceder a la carrera judicial y administrativa, por fuero, como consecuencia de la calificación que se obtenga por aprobación de los cursos obligatorios de capacitación y de los exámenes de idoneidad, con sujeción a las demás condiciones que reglamente el Superior Tribunal de Justicia”.- Que, en actuaciones Nº 23492470 y N° 23776086 del expediente ADM 15055/23, Dirección de Recursos Humanos en el marco de sus competencias -arts. 50 inc. 2) y 51 inc. 5) de la Ley IV-0086-2021-, informa al respecto.-Que, en actuación N° 23754716 del citado expediente, obra informe de Secretaría Contable en relación a la factibilidad presupuestaria/ financiera.-Por ello, y de conformidad a lo prescripto por los arts. 9 inc. 2 y 39 inc. 30 de la Ley N° IV-0086-2021; ACORDARON : I) CONVOCAR a Concurso de ascenso del personal del escalafón MAESTRANZA de las tres Circunscripciones Judiciales, para los cargos que surjan según las necesidades funcionales que informe Dirección de Recursos Humanos y conforme a factibilidad presupuestaria y financiera que informará Secretaría Contable previo a las recategorizaciones pertinentes.-II) DETERMINAR que el presente llamado a Concurso se regirá bajo las siguientes pautas: 1. La Dirección de Recursos Humanos tramitará el presente Concurso, coordinará y resolverá, en primera instancia, aquellas incidencias que se planteen con motivo de la preparación y realización del Concurso.-2. El número de cargos a concursar y las recategorizaciones que surjan como consecuencia del presente proceso, serán establecidos según necesidades funcionales y quedarán condicionadas a la factibilidad presupuestaria y financiera correspondiente. -3. Los cambios de categoría que surjan como consecuencia del presente proceso de concurso, se harán efectivos una vez dadas las condiciones previstas en el punto anterior y no tendrán efecto retroactivo. 4. Quedan excluidos del presente Concurso aquellos agentes judiciales pertenecientes al escalafón profesional (incluye servicios) y administrativo, y/o que se encuentren gozando de la licencia regulada en el art. 29 del Régimen de Licencias para todo el Personal del Poder Judicial -Acuerdo N° 561/2018- o hayan gozado de tal licencia en el periodo de antigüedad exigida para el presente Concurso. III) ESTABLECER que el aspirante a concursar deberá cumplimentar, y presentar en el caso que corresponda, durante el período de inscripción (sin excepción alguna), los siguientes requisitos para que su inscripción sea admitida: 1) Tener dos años de antigüedad en la categoría inmediata anterior a la que se postule tal como lo dispone el art. 36 del Estatuto del Empleado Judicial, a computar hasta la finalización del periodo de inscripción del presente concurso.2) Presentar nota a través del correo electrónico institucional concursosrrhh@justiciasanluis.gov.ar, expresando su intención de participar.3) No estar inscriptos como deudores morosos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. A cuyos efectos, Dirección de Recursos Humanos requerirá la certificación a la que refiere el art. 4 de la Ley N º IV-0094-2004. 4) No poseer sanción disciplinaria firme en los últimos dos años a computar hasta la finalización del periodo de inscripción del presente concurso.5) Cumplimentar con la capacitación en materia de “Buenas prácticas y conceptos generales de Higiene y Seguridad”, la cual será dictada y evaluada por el Lic. Marcos Rubén Rey Muñoz en días y horarios que serán informados oportunamente. IV) DETERMINAR que la inscripción se realizará desde el día 5 al 9 de Febrero de 2024, a través del correo electrónico institucional referido en el punto que antecede.-En el mencionado período podrán enviar también aquellas constancias que deseen incorporar a sus legajos y que no se encuentren en los mismos.-V) ESTABLECER que, el 15 de febrero de 2024, Dirección de Recursos Humanos publicará, en la página web institucional en la sección de “concursos para cargos”, el listado de los aspirantes inscriptos que hayan cumplimentado con los requisitos exigidos.-VI) DISPONER que los Responsables de Maestranza de cada Circunscripción Judicial deberán remitir vía correo electrónico a la casilla concursosrrhh@justiciasanluis.gov.ar, antes del 26 de febrero del año 2024, las evaluaciones de desempeño del personal que haya resultado admitido, según el formulario que les remitirá a tales efectos Dirección de Recursos Humanos.-VII) DETERMINAR que la Dirección de Recursos Humanos, analizará los antecedentes de los inscriptos considerando las constancias obrantes en sus respectivos legajos personales, calificándolos según la siguiente escala: 1) Antigüedad: Se adjudicará 1 punto cada dos años de prestación efectiva de servicio o fracción mayor de seis meses. Puntaje máximo: 10 puntos.2) Asistencia: Se descontará 1 punto por cada inasistencia injustificada. Sin tope. 3) Cursos: Por cada curso, conforme a la merituación que se realice atendiendo a la importancia, especialidad o relación con la función específica que ocupa, se otorgará 1 punto. Tope 5 puntos. 4) Títulos: Por título de nivel terciario se otorgarán 3 puntos. Por títulos universitarios de grado se otorgarán 10 puntos. Sin tope. 5) Reconocimientos especiales: 1 punto por cada reconocimiento. Tope 5 puntos. Se tomarán como válidos para los puntos 2, 3 y 5 los antecedentes de los últimos dos años a computar hasta la finalización del periodo de inscripción del presente concurso.- Una vez concluido el cómputo de los antecedentes por Dirección de Recursos Humanos, la misma publicará los resultados en la página web del Poder judicial. Los postulantes podrán observar, en el plazo de dos (2) días hábiles desde la publicación, los resultados de esta etapa sólo respecto de errores materiales o inadvertencias en el cumplimiento de las formalidades del procedimiento. Vencido dicho plazo quedará firme el cómputo de los antecedentes.-VIII) ESTABLECER que, una vez concluidas las etapas previas, se determinará por el Superior Tribunal de Justicia el Orden de Mérito definitivo. La apreciación del mérito es irrecurrible. La vigencia del referido Orden de Mérito será de UN (1) año, y se publicará en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia.-IX) DETERMINAR que la inscripción en el Concurso implica la aceptación de todas las condiciones del presente Acuerdo.-X) DISPONER que todas las decisiones en relación al presente Concurso, serán difundidas mediante su publicación en la página web del Poder Judicial, lo que tendrá efectos de debida notificación.-XI) NOTIFICAR al Sindicato Judiciales Puntanos como así también a los Responsables de Maestranzas, a sus efectos.-XII) ORDENAR que el presente Acuerdo se publique por Dirección de Recursos Humanos en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia en el link “Acuerdos”.-Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Sres. Ministros que vuelva el ADM 15055/23 a Dirección de Recursos Humanos, con copia del presente Acuerdo, para las comunicaciones y publicaciones correspondientes. DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS.-