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ADM 13566/23“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2023”ACUERDO N° 299-STJSL-SA-2023.- En la Provincia de San Luis, a DOCE días del mes de DICIEMBRE de DOS MIL VEINTITRÉS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, ANDREA CAROLINA MONTE RISO, CECILIA CHADA, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE y JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER.-DIJERON: Que por Acuerdo Nº 240-STJSL-SA-2023 se convocó a Concurso de Antecedentes y Oposición para el ASCENSO del personal del ESCALAFÓN ADMINISTRATIVO del Poder Judicial, para cubrir los cargos por categorías que se determinaron por Acuerdos N° 85, 298, 299, 300, 301, 302, 303, 304, 305, 306, 307, 308, 309 y 310-STJSL-SA-2022 y/o los que los modifiquen, para los diferentes organismos y/o fueros en las tres Circunscripciones Judiciales, que se informen como vacantes por la Dirección de Recursos Humanos, y para aquellas categorías que, como consecuencia del presente concurso, resulten automáticamente vacantes, todo conforme a factibilidad presupuestaria y financiera, que informará Secretaría Contable previo a las recategorizaciones pertinentes..-Que por Acuerdo Nº 298-STJSL-SA-2023 se modificaron las estructuras de personal administrativo, a los fines de la carrera judicial, previstas en los Acuerdo N° 298, 301, 302, 304, 306, 307, 309 y 310 -STJSL-SA-2022.-Que, en actuación N° 23587814 del ADM 14994/23 en trámite por ante la mencionada Dirección, el Sindicato de Judiciales Puntanos, mediante nota fechada 15 de Noviembre de 2023, solicita que se modifique y amplíe el llamado a concurso referido manifestando “atento al resultado de la reuniones mantenidas, en la cual se planteó la ausencia de llamados concurso de ascensos del año 2021, debido al cambio de reglamentación del sistema de gestión judicial, por lo cual se vio imposibilitado la realización de los mismos para todos los fueros y cargos administrativos, es que solicitamos se contemple ampliar la convocatoria del concurso de ascenso efectuada por Acuerdo N°240-STJSL-SA-2023, a todo el personal recategorizado mediante Resolución 20-STJSL-SA-2020, toda vez que por lo motivos expresados utsupra, se imposibilito a los/as agentes acceder a la carrera judicial. En caso de hacer lugar a lo solicitado, requerimos ampliar el periodo de inscripción. Asimismo, peticionamos a V.E., modificar el ACUERDO N°240-STJSL-SA-2023, que en su punto IV, art 2, inc. A, que determina: “Tener como mínimo DOS (2) AÑOS DE ANTIGÜEDAD en la categoría inmediata anterior a la que se postula, a la fecha de la inscripción, y desempeñar funciones actualmente en el organismo o fuero que se concursa”, debiendo decir: “Tener como mínimo DOS (2) AÑOS DE ANTIGÜEDAD en la categoría inmediata anterior o examen aprobado a la que se postula, a la fecha de la inscripción, y desempeñar funciones actualmente en el organismo o fuero que se concursa.”. En relación al punto IV, art 2, inc. D, del mismo acuerdo, solicitamos se contemple las materias jurídicas de la carrera de Abogacía y de la Tecnicatura de Gestión Judicial, como capacitación válida para la inscripción al concurso. Queremos destacar la importancia de diferenciar al momento de la confección del programa de estudio, lo que serían categorías inferiores, categorías superiores y funcionarios, ya que resulta sumamente dificultoso para las categorías inferiores rendir con el mismo programa de aquellos que están finalizando la carrera judicial”.-Que asimismo, en actuación N° 23685182, obra comunicación electrónica de fecha 28/11/2023, mediante la cual el Secretario General de SIJUPU aclara: “Tal como se solicito en su oportunidad mediante nota con fecha 15 de noviembre de 2023, la cual cita en su primer párrafo: ...solicitamos se contemple ampliar la convocatoria del concurso de ascenso efectuada por Acuerdo N°240-STJSL-SA-2023, a todo el personal recategorizado mediante Resolución 20-STJSL-SA-2020, toda vez que por lo motivos expresados ut supra, se imposibilito a los/as agentes acceder a la carrera judicial...- Es decir, el pedido refiere a exceptuar de los dos años de antigüedad en el cargo anterior, a los agentes que se encuentran comprendidos en la resolución 20/20, por los motivos expresados. A lo demás, deberán ajustarse a lo establecido por nuestro estatuto y acuerdo de llamado a concurso (tener dos años de antigüedad en el cargo anterior)”.-Que, en actuaciones N° 23610934 y N° 23678748, obra lo actuado por Dirección de Recursos Humanos, en el marco de las funciones asignadas en el art. 51 incs. 5) y 31) de la Ley IV-0086-2021.-Que en actuación N° 23756193, Secretaría Contable informa respecto a la factibilidad presupuestaria, en respuesta a la vista conferida al efecto en actuación N° 23718925.-Que, en ese contexto, es pertinente receptar lo solicitado por el Sindicato de Judiciales Puntanos.-Por ello, y de conformidad con lo previsto por los arts. 5 inc. 9, 9 inc. 2 y 39 inc. 30 de la Ley N° IV-0086-2021;ACORDARON: I) MODIFICAR el punto IV) inc. 2) apartados a) y d) del Acuerdo N° 240-STJSL-SA-2023, los que quedarán redactados de la siguiente manera:“a) “Tener como mínimo DOS (2) AÑOS DE ANTIGÜEDAD en la categoría inmediata anterior a la que se postula, o dos años como mínimo de examen aprobado en la categoría inmediata anterior a la que se postula, en ambos supuestos a la fecha de cierre de la inscripción, o haber estado incluido en la recategorización determinada mediante Resolución N° 20-STJSL-SA-2020 y, en todos los supuestos, desempeñar funciones actualmente en el organismo o fuero que se concursa”.-“d) Acreditar al momento de la inscripción capacitaciones relacionadas a CONOCIMIENTOS JURÍDICOS, o contar con la aprobación - todo ello en el periodo de dos años anteriores a la fecha de inscripción señalada en el presente Acuerdo-, de dos (2) materias jurídicas de la carrera de Abogacía o de la Tecnicatura Universitaria en Administración y Gestión Judicial, lo que deberán acreditar en la inscripción: a) los alumnos de la carrera de Abogacía con copia de la libreta universitaria y b) los alumnos de la Tecnicatura en Gestión Judicial con el “historial académico” que genera el sistema SIU GUARANI o título obtenido en diciembre/2022)”.-II) AMPLIAR el periodo de inscripción dispuesto en el Punto IV), inc. 3 de la convocatoria efectuada por Acuerdo N° 240-STJSL-SA-2023 fijando, a esos efectos, como periodo de inscripción desde el día 18 al 21/12/2023, inclusive. El personal que ya se encuentre inscripto no debe volver a enviar su solicitud.-III) DISPONER que Dirección de Recursos Humanos publicará en la página web del Poder Judicial, sección “Concursos para cargos”, los temarios correspondientes dividido por categorías inferiores (Auxiliar de Segunda a Oficial de Segunda), categorías superiores (Oficial de Primera a Jefe de Departamento y funcionarios (categoría de Prosecretario), durante el nuevo período de inscripción determinado en el presente.-IV) DETERMINAR que Dirección de Recursos Humanos, con antelación al nuevo periodo de inscripción, informará en la página web del Poder Judicial el número de cargos por categoría vacantes en los diferentes organismos y/o fueros, considerando las nuevas estructuras determinadas por Acuerdo Nº 298-STJSL-SA-2023 y el informe de Secretaría Contable sobre factibilidad presupuestaria; sin perjuicio de que las recategorizaciones consecuentes quedarán supeditadas a la factibilidad financiera que oportunamente informe Secretaría Contable.V) ORDENAR que el presente Acuerdo se publique por Dirección de Recursos Humanos en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia en el link “Acuerdos”.- Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Sres. Ministros, que vuelva el ADM 14994/23 a Dirección de Recursos Humanos, con copia del presente Acuerdo, para las comunicaciones y publicaciones que correspondieren.-DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
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