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ADM 13566/23“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2023”ACUERDO N° 220-STJSL-SA-2023.- En la Provincia de San Luis, a DIECIOCHO días del mes de OCTUBRE de DOS MIL VEINTITRÉS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, CECILIA CHADA, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE y JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER; ausente, por licencia, la Sra. Ministra Dra. ANDREA CAROLINA MONTE RISO.-DIJERON: Que en el marco de la importante reforma judicial que como política de Estado ha adoptado la Provincia, tendiente a brindar una justicia más eficiente y cercana al ciudadano, se han promulgado las Leyes Nº IV-0086-2021 “LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS”; Nº VI-0152-2021 “CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS”, Nº IV-1052-2021 “LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO”; Nº VI-1053-2021 “CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS”; Nº V-1081-2022 “DESFEDERALIZACION PARCIAL DE LA COMPETENCIA PENAL EN MATERIA DE ESTUPEFACIENTES” y Nº IV-1106-2023 “MODIFICACIÓN DE LA LEY N° IV-0086-2021 LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y DE LA LEY N° IV-1052-2021 LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO”; publicadas en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia los días 10, 3, 6 y 13 de septiembre de 2021 y 28 de octubre de 2022 y 01 de septiembre de 2023, respectivamente.-Que el art. 41 de la Ley Orgánica de la Administración de Justicia señala: “…Los Directores de Sumarios Administrativos, de Contralor de Tasas Judiciales, de Coordinación de Mediación Judicial y Extrajudicial y de Secuestros Judiciales, deberán contar con CINCO (5) años de profesión de abogado o ejercicio de cargos judiciales que exijan tal título, en ambos supuestos computados desde la expedición del título. Asimismo, el postulante deberá estar matriculado al formular la inscripción en el concurso respectivo.El Director de Recursos Humanos deberá poseer título universitario de grado o posgrado cuya incumbencia profesional lo habilite para la función, con un mínimo de CINCO (5) años computados desde la expedición del mismo. Los otros requisitos para su designación, serán determinados por Acordada del Superior Tribunal de Justicia…”.-Que el art. 21 de la citada Ley establece “(…) Para los casos de licencias mayores a TREINTA (30) días o vacancias, el Superior Tribunal de Justicia podrá designar un reemplazante con carácter provisorio. La designación provisoria debe recaer en alguien que oportunamente se haya sometido a la Comisión de Evaluación Técnica que por ley corresponda y haya aprobado el examen, habiendo sido calificado como recomendable para el cargo a cubrir. El Juez o Funcionario Judicial Provisorio durará en el cargo hasta que se cubra la vacante o en su defecto se cumpla el plazo máximo de UN (1) año”.-Y el art. 39 inc. 28 determina, como una de las atribuciones y deberes del Superior Tribunal de Justicia: “Designar provisorios, en los términos de la presente Ley, para el reemplazo en casos de licencias, ausencias u otros impedimentos superiores a TREINTA (30) días, fallecimiento, renuncia, cesantía de Magistrados, Funcionarios y Empleados, hasta tanto se reintegre el titular o se cubra la vacante. En ambos supuestos, el plazo de designación de cada provisorio no podrá ser superior a UN (1) año…”.-Que ante lo expuesto, y a fin de dar respuesta a la eventual necesidad de efectuar designaciones provisorias o definitivas por reemplazos transitorios o coberturas de vacantes, respectivamente, resulta oportuno convocar a concurso abierto de antecedentes y oposición para los cargos de DIRECTOR DE SUMARIOS ADMINISTRATIVOS, DIRECTOR DE COORDINACIÓN DE MEDIACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL y DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS, todos con asiento en la ciudad de San Luis, en el que mediante evaluaciones de conocimientos referidas al cargo y normativas vigentes, se conformen órdenes de mérito de profesionales que garanticen la idoneidad para tales cargos.-Por ello, y de conformidad a lo prescripto en los arts. 39 inc. 30) y 41 de la Ley Nº IV-0086-2021 -modificada por Ley Nº IV-1106-2023;ACORDARON: I) LLAMAR a CONCURSO PÚBLICO y ABIERTO de ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN para conformar órdenes de mérito a los fines de eventuales designaciones provisorias o definitivas por reemplazos transitorios o coberturas de vacantes, respectivamente, conforme surja de las necesidades funcionales y factibilidad presupuestaria, para los siguientes cargos, todos con asiento en la ciudad de San Luis:-DIRECTOR DE SUMARIOS ADMINISTRATIVOS-DIRECTOR DE COORDINACIÓN DE MEDIACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL-DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOSII) ESTABLECER que los postulantes que pretendan inscribirse en el presente concurso deberán enviar, en el periodo del 6 al 10 de NOVIEMBRE de 2023 inclusive, a la casilla de correo institucional concursosrrhh@justiciasanluis.gov.ar, y desde una casilla de correo electrónico de dominio @justiciasanluis.gov.ar o @giajsanluis.gov.ar, una nota dirigida al Sr. Presidente del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Jorge Alberto Levingston, indicando datos personales y cargo al que aspira, denunciando domicilio real e informando número telefónico de contacto. Los postulantes que no posean casilla de correo electrónico de dominio @justiciasanluis.gov.ar o @giajsanluis.gov.ar, deberán solicitar una casilla de dominio @giajsanluis.gov.ar presentándose en Secretaría de Informática Judicial en planta baja del “Palacio de Justicia” (calle 9 de Julio N° 934 de la ciudad de San Luis), en su U.L.G. II, sito en el Edificio “Dr. José Ramiro Podetti” (calle Lavalle S/Nº extremo Sur Parque Costanera Río V, ciudad de Villa Mercedes) o en su U.L.G. III, sito en el Edificio “Dr. Tomas Jofré” (Ruta Provincial N° 55 y N° 5, ciudad de Santa Rosa del Conlara).Los postulantes, al inscribirse, deberán dar cumplimiento a los requisitos que se detallan a continuación, según el cargo, y adjuntar en el mismo acto la documentación digitalizada que se especifica:a) DIRECTOR DE SUMARIOS ADMINISTRATIVOS1. Contar con CINCO (5) años de profesión de abogado o ejercicio de cargos judiciales que exijan tal título, en ambos supuestos computados desde la expedición del título, lo que deberá acreditar con el título debidamente legalizado por autoridad competente y estar matriculado, al formular la inscripción en el concurso respectivo, lo que deberá acreditar con la certificación expedida por algún Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de San Luis.2. Poseer domicilio en la Provincia de San Luis, lo que deberá acreditar con el Documento Nacional de Identidad (anverso y reverso).3. No haber sido condenado o estar procesado por hechos dolosos, lo que deberá acreditar con certificado de certificados expedidos hasta los tres meses anteriores a la fecha de inscripción o concomitantes al periodo de inscripción.4. No estar concursado o quebrado; a cuyos efectos Dirección de Recursos Humanos requerirá informe al Registro de Juicios Universales del Poder Judicial Provincial.5. No haber sido separado por cesantía o exoneración de cargos desempeñados en la Administración Pública Provincial; a cuyos efectos Dirección de Recursos Humanos requerirá informe al Programa Capital Humano del Poder Ejecutivo Provincial.6. No estar inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, a cuyos efectos Dirección de Recursos Humanos requerirá informe al Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de San Luis.7. No poseer sanción disciplinaria firme en los últimos dos años, lo que deberá acreditarse con la certificación respectiva del Colegio de Abogados en que seencuentre matriculado, y, si se tratare de personal judicial, también con la certificación que agregará Dirección de Recursos Humanos.8. Presentar constancia de Código de Identificación Laboral (C.U.I.L.).Con posterioridad a la etapa de oposición, los postulantes que resultaren RECOMENDABLES deberán presentar, dentro de los cinco días hábiles de notificados de tal resultado, en Mesa de Entradas de Dirección de Recursos Humanos, o sus Oficinas de la Segunda y Tercera Circunscripción, una carpeta con el soporte papel de la documentación de la inscripción, el curriculum vitae y los certificados o acreditaciones de los antecedentes académicos o laborales que se invoquen, todo en original o copia certificada.b) DIRECTOR DE COORDINACIÓN DE MEDIACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL1. Contar con CINCO (5) años de profesión de abogado o ejercicio de cargos judiciales que exijan tal título, en ambos supuestos computados desde la expedición del título, lo que deberá acreditar con el título debidamente legalizado por autoridad competente y estar matriculado, al formular la inscripción en el concurso respectivo, lo que deberá acreditar con la certificación expedida por algún Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de San Luis.2. Contar con formación básica en Mediación, lo que deberá acreditar con la certificación correspondiente, o título de grado o posgrado en Mediación debidamente legalizado por autoridad competente. 3. Poseer domicilio en la Provincia de San Luis, lo que deberá acreditar con el Documento Nacional de Identidad (anverso y reverso).4. No haber sido condenado o estar procesado por hechos dolosos; lo que deberá acreditar con certificado de Antecedentes Penales del Registro Nacional de Reincidencia; se considerarán a estos efectos los certificados expedidos hasta los tres meses anteriores a la fecha de inscripción o concomitantes al periodo de inscripción.5. No estar concursado o quebrado; a cuyos efectos Dirección de Recursos Humanos requerirá informe al Registro de Juicios Universales del Poder Judicial Provincial.6. No haber sido separados por cesantía o exoneración de cargos desempeñados en la Administración Pública Provincial; a cuyos efectos Dirección de Recursos Humanos requerirá informe al Programa Capital Humano del Poder Ejecutivo Provincial.7. No estar inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, a cuyos efectos Dirección de Recursos Humanos requerirá informe al Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de San Luis.8. No poseer sanción disciplinaria firme en los últimos dos años, lo que deberá acreditarse con la certificación respectiva del Colegio de Abogados en que se encuentre matriculado, y, si se tratare de personal judicial, también con la certificación que agregará Dirección de Recursos Humanos.9. Presentar constancia de Código de Identificación Laboral (C.U.I.L.).Con posterioridad a la etapa de oposición, los postulantes que resultaren RECOMENDABLES deberán presentar, dentro de los cinco días hábiles de notificados de tal resultado, en Mesa de Entradas de Dirección de Recursos Humanos, o sus Oficinas de la Segunda y Tercera Circunscripción, una carpeta con el soporte papel de la documentación de la inscripción, el curriculum vitae y los certificados o acreditaciones de los antecedentes académicos o laborales que se invoquen, todo en original o copia certificada.c) DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS1. Poseer título universitario de grado o posgrado cuya incumbencia profesional lo habilite para la función, con un mínimo de CINCO (5) años computados desde la expedición del mismo, lo que deberá acreditar con el título debidamente legalizado por autoridad competente y presentando la incumbencia profesional del título y su plan de estudio.2. Poseer domicilio en la Provincia de San Luis, lo que deberá acreditar con el Documento Nacional de Identidad (anverso y reverso).3. No haber sido condenado o estar procesado por hechos dolosos, lo que deberá acreditar con certificado de Antecedentes Penales del Registro Nacional de Reincidencia; se considerarán a estos efectos los certificados expedidos hasta los tres meses anteriores a la fecha de inscripción o concomitantes al periodo de inscripción.4. No estar concursado o quebrado; a cuyos efectos Dirección de Recursos Humanos requerirá informe al Registro de Juicios Universales del Poder Judicial Provincial.5. No haber sido separado por cesantía o exoneración de cargos desempeñados en la Administración Pública Provincial; a cuyos efectos Dirección de Recursos Humanos requerirá informe al Programa Capital Humano del Poder Ejecutivo Provincial.6. No estar inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, a cuyos efectos Dirección de Recursos Humanos requerirá informe al Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de San Luis.7. No poseer sanción disciplinaria firme en los últimos dos años, lo que deberá acreditarse con la certificación respectiva del Organismo en que se encuentre matriculado, y, si se tratare de personal judicial, también con la certificación que agregará Dirección de Recursos Humanos.8. Presentar constancia de Código de Identificación Laboral (C.U.I.L.).Con posterioridad a la etapa de oposición, los postulantes que resultaren RECOMENDABLES deberán presentar, dentro de los cinco días hábiles de notificados de tal resultado, en Mesa de Entradas de Dirección de Recursos Humanos, o sus Oficinas de la Segunda y Tercera Circunscripción, una carpeta con el soporte papel de la documentación de la inscripción, el curriculum vitae y los certificados o acreditaciones de los antecedentes académicos o laborales que se invoquen, todo en original o copia certificada.III) DISPONER que al finalizar el plazo de inscripción, Dirección de Recursos Humanos controlará el cumplimiento de los requisitos e informará, en el plazo de diez (10) días hábiles, la nómina de los postulantes admitidos en condiciones de continuar en las siguientes instancias, mediante su publicación por cinco días en la sección “Concursos para cargos” de la página web del Poder Judicial. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos determinará la no admisión del postulante.-IV) ESTABLECER que Dirección de Recursos Humanos tramitará y ejercerá la dirección y coordinación del Concurso, y que Secretaría de Informática Judicial intervendrá en su ámbito competencial para la disponibilidad de infraestructura tecnológica para el examen escrito, asistencia técnica, y grabación en archivos multimedia de la audiencia pública.-V) DETERMINAR la siguiente modalidad de las etapas de oposición y antecedentes:a) ETAPA DE OPOSICIÓN : Los postulantes admitidos deberán someterse a un Examen Escrito y a una Audiencia Pública de Evaluación Técnica y de Conocimiento Personal y Verbal a cargo de una Comisión de Evaluación Técnica que estará conformada como mínimo por TRES (3) profesores de materias inherentes al cargo, de otras Provincias, de Universidades Nacionales y/o Privadas, reconocidas y autorizadas por el Ministerio de Educación de la Nación, o por Magistrados y/o Funcionarios de otras Provincias con jerarquía igual o superior al cargo que se concursa, los que serán designados oportunamente. Ello se desarrollará de la siguiente manera:1)El examen escrito se realizará en el día, hora y lugar que oportunamente se determine por Presidencia, lo que se comunicará por Dirección de Recursos Humanos.Previo al inicio del examen, los postulantes deben depositar sus teléfonos móviles o dispositivos de comunicaciones en modalidad silenciado o apagado en una caja dispuesta al efecto, la que quedará a la vista en el recinto, durante el desarrollo del examen. Los postulantes solo podrán hacer uso y/o retirar los respectivos celulares o dispositivos al momento de finalizar el examen escrito.Los integrantes de la Comisión de Evaluación entregarán en oportunidad del comienzo del examen escrito, el caso relativo a materia del cargo que se concursa, para que los aspirantes proyecten las resoluciones, informes o dictámenes pertinentes, en el plazo que les otorguen, que no podrá ser menor a cinco (5) horas, para lo cual autorizarán a éstos a utilizar y/o solicitar bibliografía o Jurisprudencia de consulta que estimen necesarias. Los postulantes tienen autorizado el acceso a internet en las terminales asignadas para el desarrollo del examen, para la consulta de bibliografía y jurisprudencia, asumiendo el compromiso de no acceder al Sistema Iurix Gestión ni a sitios de comunicación electrónica y/o mensajería (correo electrónico, chat), nubes y redes sociales. En caso de ser necesario, se podrá solicitar a Secretaría de Informática Judicial la remisión del reporte general de conexiones de las terminales que fueron utilizadas por los postulantes, a cuyos efectos se individualizará numéricamente cada terminal y quien utilizará la misma. Los postulantes, una vez iniciado el examen, no podrán hacer intercambio de bibliografía en formato papel ni traspaso de documentación. Tampoco podrán mantener comunicación alguna entre ellos ni con terceros; únicamente podrán hacerlo con la Comisión Evaluadora. Los concursantes no podrán retirarse del recinto hasta no haber hecho entrega de su examen a los profesionales integrantes de la Comisión de Evaluación Técnica, salvo casos de fuerza mayor y/u otras razones de necesidad, previa autorización de la referida Comisión y supervisión del destino autorizado, por parte del personal asignado al efecto. La impresión y retiro de copia del examen escrito para el postulante, queda a criterio de cada Comisión de Evaluación, lo que deberá informarse al inicio del examen.La Dirección de Recursos Humanos y/o el personal que se desempeña en la misma deberá hacer observar las reglas precedentes, por parte de los postulantes.Luego, la Comisión de Evaluación calificará a los exámenes escritos como APROBADO o NO APROBADO, lo que será de carácter irrecurrible.-2)Concluida la etapa anterior, Dirección de Recursos Humanos, mediante correo electrónico, comunicará tal resultado a los postulantes y citará a los quehubieren obtenido la calificación de APROBADO a la Audiencia Pública de conocimientos técnicos jurídicos y de conocimiento personal, a cargo de la Comisión de Evaluación, de un Ministro del Superior Tribunal de Justicia, que la presidirá, y de el/los magistrado/s y/o funcionario/s que dispusiera. No se admitirá la participación del postulante que se presente con posterioridad a la hora fijada para el turno de examen.Previo al inicio del examen, los postulantes deben depositar sus teléfonos móviles o dispositivos de comunicaciones en modalidad silenciado o apagado en una caja dispuesta al efecto, la que quedará a la vista en el recinto donde se desarrollen las referidas audiencias públicas. Los postulantes solo podrán hacer uso y/o retirar los respectivos celulares o dispositivos al momento de finalizar el examen y aguardarán el ingreso a su audiencia de conocimiento en el recinto que se destine al efecto, sin mantener comunicación alguna con terceros. En la audiencia de evaluación la Comisión formulará las preguntas pertinentes sobre materia y órbita competencial del cargo que concursan (incluye legislación y acuerdos del Superior Tribunal de Justicia), perspectiva de género, Ley Orgánica de Administración de Justicia Provincial, y las relativas a conocimiento personal. Las preguntas serán uniformes para todos los postulantes de cada turno de examen, por lo cual los mismos, una vez finalizada su audiencia pública de conocimiento, deberán retirarse de las instalaciones del Palacio de Justicia sin interactuar con quienes aguardan su turno de examen. Tal audiencia se grabará en archivos multimedia.Seguidamente, los integrantes de la Comisión de Evaluación Técnica emitirán un dictamen en el cual calificarán a los aspirantes como Recomendable o No Recomendable para el cargo que aspiran. Dicho dictamen, de carácter irrecurrible, será entregado a la Dirección de Recursos Humanos, quien publicará la nómina de los postulantes recomendables y no recomendables.3)Los postulantes Recomendables serán sometidos a una evaluación psicolaboral, la cual determinará el nivel de aptitud para el desempeño delcargo, y a una evaluación de aptitud física. El resultado no apto de estas evaluaciones tendrá carácter excluyente.-b) ETAPA DE ANTECEDENTES : Finalizada la etapa de oposición se procederá, por Dirección de Recursos Humanos, al cómputo del puntaje de los antecedentes de los postulantes Recomendables, sobre constancias de la carpeta de antecedentes que hubieren presentado dentro de los cinco (5) días de notificado de tal calificación, teniendo en cuenta los puntajes que seguidamente se detallan; lo que será publicado por cinco días en la sección “Concursos para cargos” de la página web del Poder Judicial. Los postulantes podrán observar el resultado de esta etapa sólo respecto de errores materiales o inadvertencias en el cumplimiento de las formalidades del procedimiento.1)DESEMPEÑO LABORAL: Tope 3 puntos.Se adjudicará 1 punto por cada año efectivamente desempeñado en algún Poder Judicial.2)DOCENCIA: Tope 5 puntos.Desempeño de cátedra universitaria relativa materia del cargo que concursa: 1 punto por año.3)CAPACITACIONES en materia del cargo que concursa: Tope 1,5 puntos.En calidad de asistente sin examen final: 0,1 puntos.En calidad de asistente con examen final aprobado: 0,5 puntos.4)FORMACIÓN PROFESIONAL en materia del cargo que concursa: Sin tope.Cursos de Posgrado (aprobado – 100 hs. o más): 1,5 puntos.Diplomado o Diplomatura (aprobado – 140 hs. o más): 2 puntos.Especialización o Maestría (aprobado): 4 puntos.Doctorado (aprobado): 6 puntos.5)PRODUCCIÓN CIENTÍFICA: Publicaciones, dictado de conferencias, ponencias en congresos o jornadas profesionales -todas ellas vinculadas a la materia del cargo que se concursa- se adjudicará 1 punto por cada una de ellas. Tope 2 puntos.Los antecedentes de docencia y capacitaciones (puntos 2 y 3) serán considerados en relación a los últimos dos años, a contabilizar hasta la fecha de cierre de periodo de inscripción del presente concurso.-VI) DISPONER que finalizadas las etapas de oposición y antecedentes se determinará por el Superior Tribunal de Justicia el Orden de Mérito definitivo. La apreciación del mérito es irrecurrible.-La vigencia del referido Orden de Mérito será de DOS (2) años, desde su publicación, por un día, en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia. También se publicará en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia.-VII) DETERMINAR que la postulación en el Concurso implica la aceptación de todas las condiciones del presente Acuerdo.-VIII) ORDENAR que, por Dirección de Recursos Humanos se publique el presente llamado a Concurso por un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, en el diario de mayor circulación de la Provincia, y en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia. Con excepción de la publicación inicial precedente y la citación a la audiencia pública de conocimientos técnicos jurídicos y de conocimiento personal, todas las otras comunicaciones, citaciones, convocatorias y resoluciones referidas a este Concurso serán difundidas mediante su publicación en la página web del Poder Judicial, quedando con ello debidamente notificadas.-IX) RECORDAR que quienes resulten designados, estarán comprendidos en el régimen de incompatibilidad, derechos y obligaciones que establece la Ley Orgánica de Administración de Justicia de la Provincia de San Luis, entre otras normativas-Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Sres. Ministros que el presente Acuerdo se comunique a Dirección de Recursos Humanos, para las notificaciones y publicaciones que correspondieren.-