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ADM 11857/22“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2022”ACUERDO N° 153-STJSL-SA-2022.- En la Provincia de San Luis, a VEINTITRÉS días del mes de JUNIO de DOS MIL VEINTIDÓS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. ANDREA CAROLINA MONTE RISO, CECILIA CHADA, JORGE OMAR FERNÁNDEZ y JORGE ALBERTO LEVINGSTON.-DIJERON: Vistas las vacancias de dos (2) cargos de Juez del Colegio de Jueces en lo Penal de la Primera Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de San Luis, generadas por las redistribuciones funcionales efectuadas por Acuerdo N° 386-STJSL-SA-2021, puntos I y II -en el marco de lo dispuesto en los arts. 3, 114 y 125 de la Ley N° IV-0086-2021 y 346 de la Ley N° VI-0152-2021, y por la aceptación, mediante Decreto N° 7811-MJGyC-2021 del Poder Ejecutivo Provincial, de la renuncia presentada por la Dra. Silvia Inés Aizpeolea, a partir del 16 de diciembre de 2021, al cargo de Juez de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y Correccional Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial, actual Colegio de Jueces en lo Penal de la Primera Circunscripción Judicial (art. 114 de la Ley N° IV-0086-2021).-Que el artículo 21 de la Ley N° IV-0086-2021 establece: “ (…) Para los casos de licencias mayores a TREINTA (30) días o vacancias, el Superior Tribunal de Justicia podrá designar un reemplazante con carácter provisorio. La designación provisoria debe recaer en alguien que oportunamente se haya sometido a la Comisión de Evaluación Técnica que por ley corresponda y haya aprobado el examen, habiendo sido calificado como recomendable para el cargo a cubrir. El Juez o Funcionario Judicial Provisorio durará en el cargo hasta que se cubra la vacante o en su defecto se cumpla el plazo máximo de UN (1) año.”-Que ante lo expuesto, y a fin de asegurar el debido servicio de justicia -art. 214 inc. 5º de la Constitución Provincial-, resulta necesaria efectuarla designación provisoria para cubrir uno de los cargos vacantes de Juez del Colegio de Jueces en lo Penal de la Primera Circunscripción Judicial. -Que a esos efectos, cabe considerar que la Dra. María Eugenia Zabala Chacur, D.N.I. N° 27.376.252, actual Fiscal de Instrucción Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial, ha sido calificada como Recomendable por el Consejo de la Magistratura para el cargo de “JUEZ DEL COLEGIO DE JUECES EN LO PENAL DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL", en fecha 10 de diciembre del año 2021.-Por ello y conforme a lo dispuesto en los arts. 12, 21 y 39 inc. 28) de la ley IV-0086-2021;ACORDARON: I) DESIGNAR, con carácter provisorio, a la Dra. MARÍA EUGENIA ZABALA CHACUR, D.N.I. N° 27.376.252, en el cargo de “JUEZ DEL COLEGIO DE JUECES EN LO PENAL DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE SAN LUIS”, inter se cubran las vacantes en tal Organismo o en su defecto se cumpla el plazo máximo de un año, lo que ocurra primero, FIJANDO el correspondiente acto de juramento para el día 27 de JUNIO de 2022 a la hora 12:00 en la Sala de Acuerdos del Palacio de Justicia.-II) ESTABLECER que inter dure la designación provisoria dispuesta en el punto precedente, la Dra. María Eugenia Zabala Chacur, retendrá el cargo de Fiscal de Instrucción Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial.-III) DISPONER que la Unidad de Protocolo y Ceremonial y la Oficina de Prensa y Comunicación Institucional arbitren las medidas pertinentes para la realización del referido acto de juramento, teniendo presentes las medidas de prevención e higiene motivadas en la pandemia del virus COVID-19 a los fines de garantizar su observancia y los arts. 46 inc. 37 y 104 inc. a) ap. 9 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia.-IV) DETERMINAR que por Secretaría Administrativa se notifique el presente a la Funcionaria designada y a todos los organismos ypersonal del Poder Judicial Provincial; se comunique al Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, para su publicación por un día, y que por Dirección de Recursos Humanos se publique en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia en el link “Acuerdos”.-Con lo que se dio por terminado el acto.-
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