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ADM 11857/22“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2022”ACUERDO N° 308-STJSL-SA-2022.- En la Provincia de San Luis, a VEINTISIETE días del mes de OCTUBRE de DOS MIL VEINTIDÓS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. ANDREA CAROLINA MONTE RISO, CECILIA CHADA, JORGE OMAR FERNÁNDEZ y JORGE ALBERTO LEVINGSTON.-DIJERON: Que la Ley Nº IV-1052-2021 “LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO” dispone los principios de organización y funcionamiento del Ministerio Público, los que se entenderán como regulación propia y complementaria de la Ley Orgánica de Administración de Justicia -art. 1°- y establece en el art. 7 la estructura funcional señalando, que además del Procurador General y el Defensor General, el Ministerio Público estará integrado por el conjunto de funcionarios que en número y distribución indica la Ley Orgánica de Administración de Justicia, los que actúan ante cada estrado conforme se determina en dicho artículo.-Que por Acuerdo N° 386-STJSL-SA-2021 se establecieron, a partir del 1 de febrero de 2022, las correspondientes redistribuciones funcionales en los actuales Organismos del Fuero Penal y del Ministerio Público, considerando las nuevas competencias material y territorial y teniendo presente, entre otras disposiciones, la escisión de las competencias penales de las Defensorías Oficiales en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral, en la Tercera Circunscripción Judicial, que no actúan en el fuero penal de conformidad a lo establecido en el art. 7 de la citada Ley Nº IV-1052-2021.-Que por Resolución N° 13-STJSL-SA-2022, homologada por Acuerdo N° 4-STJSL-SA-2022, se aprobó el “PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS”, en su EJE PENAL, a partir del 1 de Febrero de 2022, por el que se dispusieron las medidas necesarias para la operatividad de las modificaciones orgánicas y funcionales de la Reforma Judicial en su Eje Penal,que establecen la nueva Ley Orgánica de Administración de Justicia, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el nuevo Código Procesal Penal.-Que ante ello, dado lo previsto en los arts. 9 inc. 2) y 39 incs. 4, 6, 7.b de la Ley N° IV-0086-2021, corresponde determinar el número de cargos por categorías del escalafón administrativo para los concursos de ascensos del personal del “MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA”, en una estructura de carácter transitoria y dinámica, inter se analicen y definan los nuevos perfiles para los cargos de los respectivos Organismos.- Que a esos efectos, Dirección de Recursos Humanos, de conformidad a lo previsto en el art. 51 incs. 2 y 5 de la Ley IV-0086-2021, eleva al Superior Tribunal de Justicia las propuestas respectivas, informando, en fecha 20/10/2022, que a tales fines ha realizado reuniones con miembros del Sindicato de Judiciales Puntanos; y señala “…Características generales: Estructuras propuestas con proyección a cinco (5) años. Basadas en reportes estadísticos, personal actual afectado actualmente y forma de organización (con o sin Oficina de Gestión Unificada) Juzgado Multifuero con asiento en Santa Rosa estructura especifica atento las particularidades de su materia…”, lo que es ampliado, en fecha 25/10/2022, expresando que “…se agrega informe de factibilidad remitido por Secretaría Contable en relación a los ascensos que surgirían de la implementación de estas estructuras (…) e informes QLICK (que contienen dato “carga de trabajo” que representa la cantidad de causas iniciadas en los últimos doce meses), de los Juzgados de primera Instancia por fuero, tomado en cuenta oportunamente para la propuesta de esta Dirección…”.-Que asimismo, deben considerarse los requerimientos funcionales de los organismos de cada fuero derivados de los caracteres y principios generales de las normativas procesales vigentes, el nuevo rol que se asigna a los Prosecretarios del escalafón administrativo y a las demás categorías superiores -arts. 10 (inc. 8), 18 y 99 de la Ley IV-0086-2021-.-Por ello y dado lo dispuesto por los arts. 214 inc. 5 de la Constitución Provincial, y 39 incs. 4, 6, 7.b, de la Ley Orgánica de Administración de Justicia; ACORDARON: I.- DETERMINAR el número de cargos por categoría del escalafón administrativo de la Defensoría General, a los efectos de la carrera judicial del personal del respectivo fuero: Prosecretario: Un (1) cargoOficial de Primera: Un (1) cargoII.- DETERMINAR el número de cargos por categoría del escalafón administrativo para ambas Defensorías de Juicio, de cada Circunscripción Judicial, a los efectos de la carrera judicial del personal del respectivo fuero: Prosecretario: Un (1) cargoOficial de Primera: Dos (2) cargosIII.- DETERMINAR el número de cargos por categoría del escalafón administrativo de la Defensoría Oficial en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral, de cada Circunscripción Judicial, a los efectos de la carrera judicial del personal del respectivo fuero: Prosecretario: Un (1) cargoJefe de Departamento: Un (1) cargoJefe de Despacho: Un (1) cargoOficial de Primera: Un (1) cargoOficial de Segunda: Un (1) cargoOficial de Tercera: Dos (2) cargosAuxiliar de Primera: Tres (3) cargosIV.- DETERMINAR el número de cargos por categoría del escalafón administrativo para todas las Defensorías Oficial en lo Penal, de cada Circunscripción Judicial, a los efectos de la carrera judicial del personal del respectivo fuero: Prosecretario: Un (1) cargoJefe de Departamento: Un (1) cargoJefe de Despacho: Un (1) cargoOficial de Primera: Un (1) cargoOficial de Segunda: Un (1) cargoOficial de Tercera: Dos (2) cargosAuxiliar de Primera: Un (1) cargoAuxiliar de Segunda: Un (1) cargoV.- DETERMINAR el número de cargos por categoría del escalafón administrativo de las Defensorías de Niñez, Adolescencia e Incapaces, de cada Circunscripción Judicial, a los efectos de la carrera judicial del personal del respectivo fuero: Prosecretario: Un (1) cargoJefe de Departamento: Un (1) cargoJefe de Despacho: Un (1) cargoOficial de Primera: Un (1) cargoOficial de Segunda: Un (1) cargoOficial de Tercera: Un (1) cargoAuxiliar de Primera: Dos (2) cargosAuxiliar de Segunda: Un (1) cargoVI.- ESTABLECER que las estructuras que se determinan en los puntos precedentes se efectúan con carácter transitorio y dinámico, inter se analicen y definan los nuevos perfiles para los cargos de los respectivos Organismos.VII.- DISPONER que por Dirección de Recursos Humanos se publique el presente Acuerdo en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia en el link “Acuerdos”.-Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Señores Ministros que vuelva el ADM 13139/22 a Dirección de Recursos Humanos, con copia del presente Acuerdo, para las comunicaciones y publicaciones correspondientes.- DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS