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ADM 10426/21“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2021”ACUERDO Nº 305.- En la Provincia de San Luis, a CINCO días del mes de AGOSTO de DOS MIL VEINTIUNO, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, ANDREA CAROLINA MONTE RISO, JORGE OMAR FERNÁNDEZ, DIANA MARIA BERNAL y CECILIA CHADA.- DIJERON: Que por Ley Nº IV-0962-2016, artículo 8, se dispuso la creación de una Defensoría de Pobres, Encausados y Ausentes en lo Penal, Correccional y Contravencional, con competencia en los Departamentos Juan Martín de Pueyrredón, Coronel Pringles y Belgrano, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia, y asiento en la ciudad de San Luis, la que al día de la fecha no se encuentra en funcionamiento y no cuenta con un Defensor titular designado, por lo que se estima pertinente afectar a un Funcionario para que se desempeñe en el citado Organismo.-Que a los fines de la puesta en funcionamiento de la citada Defensoría se utilizará, provisoriamente, la misma infraestructura edilicia y de recursos humanos de la actual Defensoría de Pobres, Encausados y Ausentes en lo Penal, Correccional y Contravencional, de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Carlos Guillermo Salazar.Que asimismo, cabe considerar que el Dr. Matías Manuel Farinazzo Tempestini, agente administrativo de la Primera Circunscripción Judicial, ha sido calificado como Recomendable por el Consejo de la Magistratura para el cargo de "Defensor de Pobres, Encausados y Ausentes en lo Penal, Correccional y Contravencional con competencia en el Departamento General Pedernera, de la Segunda Circunscripción Judicial, y asiento en la ciudad de Villa Mercedes", en fecha 12 de marzo del año 2021, por lo que a fin de optimizar los recursos humanos con los que se cuenta, y habiendo aceptado el ofrecimiento del Alto Cuerpo para desempeñarse provisoriamente como Defensor de Pobres, Encausados y Ausentes en lo Penal, Correccional yContravencional, con competencia en los departamentos Juan Martín de Pueyrredón, Coronel Pringles y Belgrano, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia, y asiento en la ciudad de San Luis, se estima pertinente su designación con carácter provisorio.- Que, también y en consideración al correspondiente acto de juramento, se deberán observar las recomendaciones de prevención e higiene del Ministerio de Salud de la Nación y del Ministerio de Salud de la Provincia, y el Protocolo de Medidas de Prevención e Higiene del Poder Judicial de San Luis, en el marco de la pandemia del virus COVID-19.-Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 214 inc. 6 de la Constitución Provincial;ACORDARON: I.- DISPONER el funcionamiento, a partir del día SIETE de AGOSTO de 2021, de la Defensoría de Pobres, Encausados y Ausentes en lo Penal, Correccional y Contravencional, con competencia en los Departamentos Juan Martín de Pueyrredón, Coronel Pringles y Belgrano, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia, y asiento en la ciudad de San Luis, que se denominará “Defensoría de Pobres, Encausados y Ausentes en lo Penal, Correccional y Contravencional N° 2”, con la misma infraestructura edilicia y de recursos humanos dispuesta para la Defensoría de Pobres, Encausados y Ausentes en lo Penal, Correccional y Contravencional de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Carlos Guillermo Salazar, que se denominará “Defensoría de Pobres, Encausados y Ausentes en lo Penal, Correccional y Contravencional N° 1”.II.- DESIGNAR con carácter provisorio al Dr. Matías Manuel Farinazzo Tempestini, DNI Nº 31.542.537, en el cargo de Defensor de Pobres, Encausados y Ausentes en lo Penal, Correccional y Contravencional, con competencia en los departamentos Juan Martín de Pueyrredón, Coronel Pringles y Belgrano, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia, y asiento en la ciudad de San Luis, por un período de seis meses o inter se designe el Funcionario titular del referido cargo, lo que ocurra primero, FIJANDO a esos efectos, el correspondiente juramento para el día VIERNES 6de AGOSTO de 2021, a la hora 11:00, en el Salón Blanco del Palacio de Justicia de la ciudad de San Luis.- III.- DISPONER que inter dure la designación provisoria del punto precedente, el Dr. Matías Manuel Farinazzo Tempestini, no prestará funciones como agente Administrativo, cargo que retendrá.-IV.- DETERMINAR que la Defensoría de Pobres, Encausados y Ausentes en lo Penal Correccional y Contravencional N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial recepcionará desde el 7 de Agosto de 2021 y hasta el 7 de Octubre de 2021, todas las nuevas causas en materia de su competencia, de los Departamentos Juan Martín de Pueyrredón, Coronel Pringles y Belgrano.V.- ESTABLECER, a partir del día 8 de OCTUBRE de 2021 y conforme se indica seguidamente, los turnos para las asignaciones de causas en las mencionadas Defensorías:Defensoría de Pobres, Encausados y Ausentes en lo Penal, Correccional y Contravencional N° 1: del día 1 al 15 de cada mes; y durante todo el mes las correspondientes al Departamento Ayacucho.-Defensoría de Pobres, Encausados y Ausentes en lo Penal, Correccional y Contravencional N° 2: del día 16 al último día de cada mes, con exclusión de las correspondientes al Departamento Ayacucho.-VI.- DISPONER que por Secretaría de Informática Judicial, Dirección Contable y el Área de Mantenimiento se arbitren las medidas pertinentes en el ámbito de sus respectivas competencias.- VII.- ORDENAR que la Oficina de Protocolo y Ceremonial y Dirección de Prensa y Comunicación Institucional arbitren las medidas pertinentes para la realización del referido acto de juramento, teniendo presente las medidas de prevención e higiene motivadas en la pandemia del virus COVID-19 a los fines de garantizar su observancia y el Acuerdo N° 518/2017.-VIII.- DISPONER que por Dirección de Recursos Humanos se publique el presente Acuerdo en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia en el link “Acuerdos” y en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia por un (1) día.-Con lo que se dio por terminado el presente acto, disponiendo los Señores Ministros se notifique el presente Acuerdo a todo el personal y organismos del Poder Judicial.-DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
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