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ADM 13566/23“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2023”ACUERDO N° 92-STJSL-SA-2023.- En la Provincia de San Luis, a DIEZ días del mes de MAYO de DOS MIL VEINTITRÉS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, ANDREA CAROLINA MONTE RISO y CECILIA CHADA.-DIJERON: Visto que la Dra. Lucrecia María Estévez, actual Juez de Primera Instancia del Juzgado Laboral N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial, ha sido designada, por Decreto N° 3404-MGJyC-2023 del Poder Ejecutivo Provincial, en el cargo de Juez de la Sala Laboral N° 1 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Laboral de la Primera Circunscripción Judicial, para el cual prestará juramento el día 11 de MAYO de 2023, a la hora doce, conforme Acuerdo N° 90-STJSL-SA-2023.-Que ante ello, en el marco de lo previsto en el art. 51 inc. 13 de la ley IV-0086-2021, Dirección de Recursos Humanos, en actuaciones N° 22020378 y N° 22044772 del ADM 13316/22, informa la factibilidad de reemplazo mediante designación provisoria del cargo de Juez de Primera Instancia del Juzgado en lo Laboral N° 1, de la Primera Circunscripción Judicial, que quedará vacante con el referido Juramento.-Que el artículo 21 de la Ley N° IV-0086-2021 establece: “(…) Para los casos de licencias mayores a TREINTA (30) días o vacancias, el Superior Tribunal de Justicia podrá designar un reemplazante con carácter provisorio. La designación provisoria debe recaer en alguien que oportunamente se haya sometido a la Comisión de Evaluación Técnica que por ley corresponda y haya aprobado el examen, habiendo sido calificado como recomendable para el cargo a cubrir. El Juez o Funcionario Judicial Provisorio durará en el cargo hasta que se cubra la vacante o en su defecto se cumpla el plazo máximo de UN (1) año.”-Que ante lo expuesto, y a fin de asegurar el debido servicio de justicia -art. 214 inc. 5º de la Constitución Provincial-, se estima conveniente efectuar la designación provisoria para cubrir tal vacancia, del cargo de Juez de Primera Instancia del Juzgado Laboral N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial.-Que a esos efectos, cabe considerar que la Dra. Adela María Del Valle Pérez Del Viso, D.N.I. Nº 16.818.149, ha sido calificada como Recomendable por el Consejo de la Magistratura para el cargo de “Juez Civil, Comercial, Ambiental y Laboral de la Tercera Circunscripción Judicial”, en fecha 24 de Septiembre de 2021, y ha manifestado su disponibilidad para desempeñarse provisoriamente en el cargo de Juez Laboral N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia, con asiento en la ciudad de San Luis.-Por ello y conforme a lo dispuesto en los arts. 12, 21 y 39 inc. 28) de la Ley Nº IV-0086-2021;ACORDARON: I) DESIGNAR, con carácter provisorio, a la Dra. ADELA MARÍA DEL VALLE PÉREZ DEL VISO, D.N.I. Nº 16.818.149, en el cargo de “JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL JUZGADO LABORAL N° 1 DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL”, inter se cubra la vacante en tal Organismo o en su defecto se cumpla el plazo máximo de un año, lo que ocurra primero, FIJANDO el correspondiente acto de juramento para el día 11 de MAYO de 2023 en la Sala de Acuerdos del Palacio de Justicia, con posterioridad al juramento fijado por Acuerdo N° 90-STJSL-SA-2023.-II) DISPONER que la Unidad de Protocolo y Ceremonial y la Oficina de Prensa y Comunicación Institucional arbitren las medidas pertinentes para la realización del referido acto de juramento en observancia de lo dispuesto por los arts. 46 inc. 37 y 104 inc. a) ap. 9 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia.-III) DETERMINAR que por Dirección de Recursos Humanos se publique el presente Acuerdo en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia en el link “Acuerdos” y en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, por un día.-Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Sres. Ministros que vuelva el ADM 13316/22 a Dirección de Recursos Humanos, con copia del presente Acuerdo, para las publicaciones y comunicaciones correspondientes.-DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
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